(Publicado en la Carta Semanal 702 – ver en catalán)
Ha sucedido a la vista de todos. El pasado día 18, la Sala Tercera de lo Contencioso del Tribunal Supremo decide que deben ser los bancos –y no los clientes– quienes paguen el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados en el caso de la constitución de una hipoteca. Se basa para ello el tribunal en un criterio lógico: como es el banco el que obtiene beneficios de la hipoteca, debe ser él quien pague el impuesto, por lo tanto ese artículo del reglamento era contrario a la ley. De inmediato, la Banca da la alarma, se queja de que iban a perder más de 7.000 millones. La Bolsa reacciona: los especuladores, que piensan que eso va suponer pérdida de beneficios de los bancos, hacen que el valor de éstos se desplome. La alarma crece y, de inmediato, el presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo, Luis Díez-Picazo, ante la supuesta “enorme repercusión económica y social”, decide paralizar la aplicación de la sentencia y que sea el pleno de la Sala, que se reunirá el 5 de noviembre, quien decida sobre el caso.