{"id":6023,"date":"2021-09-27T16:45:30","date_gmt":"2021-09-27T14:45:30","guid":{"rendered":"http:\/\/posicuarta.org\/cartasblog\/?p=6023"},"modified":"2021-09-27T16:54:02","modified_gmt":"2021-09-27T14:54:02","slug":"por-que-es-necesario-un-juicio-popular-al-borbon-ladron-y-a-la-monarquia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/posicuarta.org\/cartasblog\/por-que-es-necesario-un-juicio-popular-al-borbon-ladron-y-a-la-monarquia\/","title":{"rendered":"\u00bfPor qu\u00e9 es necesario un juicio popular al Borb\u00f3n ladr\u00f3n y a la Monarqu\u00eda?"},"content":{"rendered":"<h3 style=\"text-align: justify;\"><a href=\"http:\/\/posicuarta.org\/cartasblog\/per-que-es-necessari-un-judici-popular-al-borbo-lladre-i-a-la-monarquia\/\">Carta Semanal 854 en catal\u00e1n<\/a><\/h3>\n<h3 style=\"text-align: justify;\"><a href=\"http:\/\/posicuarta.org\/cartasblog\/wp-content\/uploads\/2021\/09\/Carta_854.pdf\">Carta Semanal 854 para descargar en PDF<\/a><\/h3>\n<p style=\"text-align: justify;\"><a href=\"http:\/\/posicuarta.org\/cartasblog\/wp-content\/uploads\/2021\/09\/Carta_854.pdf\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignleft wp-image-6029\" src=\"http:\/\/posicuarta.org\/cartasblog\/wp-content\/uploads\/2021\/09\/Carta_854.jpg\" alt=\"\" width=\"150\" height=\"212\" srcset=\"https:\/\/posicuarta.org\/cartasblog\/wp-content\/uploads\/2021\/09\/Carta_854.jpg 595w, https:\/\/posicuarta.org\/cartasblog\/wp-content\/uploads\/2021\/09\/Carta_854-212x300.jpg 212w, https:\/\/posicuarta.org\/cartasblog\/wp-content\/uploads\/2021\/09\/Carta_854-106x150.jpg 106w\" sizes=\"auto, (max-width: 150px) 100vw, 150px\" \/><\/a>Cada d\u00eda que pasa hay una nueva noticia sobre la corrupci\u00f3n del Rey \u201cem\u00e9rito\u201d, Juan Carlos de Borb\u00f3n, cuya fortuna, amasada durante sus 39 a\u00f1os de reinado, se calcula en m\u00e1s de 2.000 millones de euros.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Una fortuna basada -como cada d\u00eda cuentan m\u00e1s abiertamente los medios de comunicaci\u00f3n- en actividades de intermediaci\u00f3n, como el cobro de una comisi\u00f3n por cada barril de petr\u00f3leo comprado a Arabia Saud\u00ed, o las comisiones por la adjudicaci\u00f3n del AVE a la Meca, y directamente por el tr\u00e1fico de armas.<\/p>\n<h3 style=\"text-align: justify;\">Al mismo tiempo, se multiplican las noticias sobre cuentas ocultas en para\u00edsos fiscales.<\/h3>\n<p style=\"text-align: justify;\">Juan Carlos de Borb\u00f3n se ha visto obligado, en 2020 y 2021, a regularizar ingresos con Hacienda por valor de m\u00e1s de 5 millones de euros. Ahora se ha sabido que lo ha hecho despu\u00e9s de que la Fiscal\u00eda del Tribunal Supremo la notificara, al menos en tres ocasiones, (en junio, noviembre y diciembre de 2020), de que le estaban investigando. Un dato que, seg\u00fan hizo p\u00fablico en marzo la Asociaci\u00f3n de Inspectores de Hacienda, supondr\u00eda que <em>\u00ablas regularizaciones efectuadas no impedir\u00edan la persecuci\u00f3n de los delitos fiscales cometidos\u00bb<\/em>, ya que para que no haya responsabilidad&nbsp; penal, debe procederse <em>\u00abal completo reconocimiento y pago de la deuda tributaria (incluyendo los intereses de demora y recargos que correspondiesen), antes de que por la Administraci\u00f3n Tributaria se le haya notificado el inicio de actuaciones, denuncias o diligencias por parte de la AEAT, del Ministerio Fiscal o del juez de Instrucci\u00f3n\u00bb<\/em>.&nbsp;<\/p>\n<h3 style=\"text-align: justify;\"><strong>La supuesta inviolabilidad<\/strong><\/h3>\n<p style=\"text-align: justify;\">En todo caso, las posibles acciones de la Fiscal\u00eda se van a limitar, como mucho, a las actuaciones de Juan Carlos I despu\u00e9s de su abdicaci\u00f3n, porque antes de ella, y durante sus 39 a\u00f1os de reinado, todas sus acciones estar\u00edan cubiertas por la inviolabilidad del Rey que establece el art\u00edculo 56.3 de la Constituci\u00f3n: <em>\u201cLa persona del Rey es inviolable y no est\u00e1 sujeta a responsabilidad. Sus actos estar\u00e1n siempre refrendados en la forma establecida en el art\u00edculo 64, careciendo de validez sin dicho refrendo, salvo lo dispuesto en el art\u00edculo 65.2\u201d.<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Al menos, esa es la interpretaci\u00f3n que hacen tanto los sucesivos gobiernos como el poder judicial. Que act\u00faan, evidentemente, para proteger a la instituci\u00f3n de la Monarqu\u00eda. En cuanto a los gobiernos \u00bfacaso puede alguien defender que ninguno de ellos estaba informado de los manejos del rey, que ya hab\u00edan sido publicados en algunos medios de prensa? Consta que las comisiones por la compra de petr\u00f3leo a Arabia (iniciadas cuando era Pr\u00edncipe de Espa\u00f1a) eran un hecho conocido en los primeros gobiernos de la Monarqu\u00eda. Y en lo que respecta al aparato judicial, es evidente que entre sus funciones est\u00e1 proteger al r\u00e9gimen y a la Corona. Basta con recordar tan s\u00f3lo c\u00f3mo, en defensa de la familia real, eximi\u00f3 a la infanta Cristina de toda responsabilidad en los trapicheos de su marido, I\u00f1aki Urdangar\u00edn, en contradicci\u00f3n con toda la jurisprudencia y con lo que siguen haciendo ahora los jueces en casos similares.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Como se\u00f1ala Jorge de Esteban, catedr\u00e1tico de Derecho Constitucional, \u201c<em>el principio de la inviolabilidad de los reyes procede de la creencia de que todo poder viene de Dios y de que sus representantes en la tierra eran los reyes, por lo que no se les pod\u00eda atacar\u201d. <\/em>Y a\u00f1ade que la supuesta inviolabilidad supondr\u00eda que <em>\u201c<\/em><em>el Rey puede cometer cualquier hecho sin ser juzgado porque est\u00e1 por encima de la Ley y esta posici\u00f3n la mantendr\u00e1 respecto de todos los actos que lleve a cabo durante su mandato, incluso despu\u00e9s de que cese en la Jefatura del Estado. Pues bien, al menos en mi opini\u00f3n, las dos afirmaciones son insostenibles. Porque ni son necesarias ni se acomodan a los principios constitucionales de un Estado democr\u00e1tico\u201d. <\/em>De Esteban concluye que los \u00fanicos actos cubiertos por la inimputabilidad establecida en el art 56.3 CE &nbsp;son <em>\u201c<\/em><em>los que derivan de su funci\u00f3n como jefe del Estado (\u2026) Es obvio que todos aquellos actos realizados por el Rey que no guardan relaci\u00f3n con su funci\u00f3n como jefe del Estado y que, por consiguiente, es impensable que puedan estar refrendados por las personas a las que se refiere el art\u00edculo 56.3, no est\u00e1n sometidos a la inviolabilidad\u201d. <\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En la misma l\u00ednea, son muchos los juristas que opinan que son sola y exclusivamente los actos citados en el art\u00edculo 64 CE, los refrendados por el gobierno y que carecen de validez sin ese refrendo, los que est\u00e1n cubiertos por la inviolabilidad del art\u00edculo 56.3 de la Constituci\u00f3n. Por ejemplo, Joan Carles Carbonell Mateu, Catedr\u00e1tico de Derecho Penal de la Universitat de Val\u00e8ncia, que escribe que \u201c<em>no es casual que se contengan en el mismo p\u00e1rrafo y separados por un punto y seguido la declaraci\u00f3n de inviolabilidad y la minuciosa regulaci\u00f3n de los actos del Rey, la exigencia de refrendo y la traslaci\u00f3n de responsabilidad a quienes los refrendan\u201d.&nbsp;<\/em>Que sepamos, ning\u00fan gobierno ha refrendado- por m\u00e1s que los hayan tapado y consentido- los trapicheos del hoy \u201cem\u00e9rito\u201d.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">A pesar de ello, todo el aparato judicial cierra filas para defender la impunidad del Borb\u00f3n. De ah\u00ed que, como mucho, la Fiscal\u00eda Anticorrupci\u00f3n va a investigar solamente los indicios que apuntan a posibles delitos de blanqueo de capitales y fraude fiscal, pero no al supuesto cobro de comisiones, que se produjo en la \u00e9poca en Juan Carlos I todav\u00eda era el jefe de Estado. De este modo, el grueso de los miles de millones amasados no podr\u00eda tocarse.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">De este modo, el poder judicial asume, en defensa de la Corona, que seg\u00fan la Constituci\u00f3n -y violando incluso todos los principios de lo que los defensores del orden burgu\u00e9s llaman \u201cestado de derecho\u201d- el Rey podr\u00eda asesinar a alguien, violar a un ni\u00f1o o robar cientos de millones sin que pueda ser penalmente imputado.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Son los mismos tribunales que avalan los recortes a los empleados p\u00fablicos, las reformas laborales, las estafas bancarias, la ley mordaza y todos y cada uno de los ataques a la poblaci\u00f3n trabajadora.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Pero no es s\u00f3lo el poder judicial quien sale en defesa del R\u00e9gimen y de su m\u00e1xima autoridad, la Corona. La Mesa del Congreso, con los votos del PP, del PSOE y de Vox, ha rechazado hasta en diez ocasiones distintas peticiones de comisiones de investigaci\u00f3n sobre la fortuna amasada por el Rey \u201cem\u00e9rito\u201d. Escud\u00e1ndose en todos los casos en la supuesta inviolabilidad (que, en todo caso, podr\u00eda impedir una imputaci\u00f3n penal, pero no una investigaci\u00f3n parlamentaria).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Es evidente que una investigaci\u00f3n en sede parlamentaria que estableciera las actividades corruptas del Rey tendr\u00eda una repercusi\u00f3n pol\u00edtica que har\u00eda tambalearse las propias bases del R\u00e9gimen. Por tanto, los defensores de \u00e9ste deben cerrar el paso a esa posibilidad.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Ahora bien, \u00bfc\u00f3mo puede combatirse la corrupci\u00f3n si se consiente la que lleva a cabo la m\u00e1s alta instituci\u00f3n del R\u00e9gimen?<\/p>\n<h3 style=\"text-align: justify;\"><strong>Porque no nos resignamos a la impunidad del Borb\u00f3n, \u00a1juicio popular!<\/strong><\/h3>\n<p style=\"text-align: justify;\">Hay que dejar clara una cuesti\u00f3n: no es el problema de un individuo, es la trama y estructura de la Casa Real, imbricada con los poderes financieros y la alta &nbsp;administraci\u00f3n del Estado.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Ning\u00fan dem\u00f3crata puede aceptar que la corrupci\u00f3n de la Corona pueda seguir impune. Si el aparato judicial y los partidos franquistas bloquean la v\u00eda a una investigaci\u00f3n judicial o parlamentaria, s\u00f3lo hay una posibilidad de que Juan Carlos de Borb\u00f3n sea juzgado por sus delitos y la fortuna que ha amasado vuelva a manos del pueblo: un juicio popular.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Es la exigencia que todas las organizaciones democr\u00e1ticas y populares deben levantar. Y poner de inmediato las condiciones para hacerlo posible. Las organizaciones que se declaran republicanas deber\u00edan estar al frente de esta tarea.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Carta Semanal 854 en catal\u00e1n Carta Semanal 854 para descargar en PDF Cada d\u00eda que pasa hay una nueva noticia sobre la corrupci\u00f3n del Rey \u201cem\u00e9rito\u201d, Juan Carlos de Borb\u00f3n, cuya fortuna, amasada durante sus 39 a\u00f1os de reinado, se calcula en m\u00e1s de 2.000 millones de euros. 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