Carta Semanal 871 en catalán
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Las cifras del IPC publicadas por el Instituto Nacional de Estadística indican que éste ha sufrido un subida del 6,5%. Si vamos a la inflación media, ésta fue del 3,1%. Los alimentos, que forman parte más importante de la compra de la población trabajadora que otros conceptos, han subido un 5%. Sin embargo, los salarios pactados en convenio subieron de media un 1,47% hasta diciembre de 2021. La subida de salarios queda, incluso, por debajo de las directrices acordadas en el Acuerdo Interconfederal para el Empleo y Negociación Colectiva (AENC) 2018-2020, que proponía subidas salariales del 2%, al que podía sumarse un punto porcentual ligado a la productividad, los resultados empresariales y el absentismo laboral.
Además, de los 2.886 convenios firmados en 2021, sólo el 15,8% (456) tenía una cláusula de garantía salarial según el IPC real, y, de ellos, sólo 354 contemplan que ésta se aplique con efectos retroactivos.
Es decir, que los asalariados de este país han sufrido en 2021 una pérdida importante del poder de compra de sus salarios (es decir, de sus salarios reales). Para 5 de cada 6 asalariados, va a haber una pérdida del poder de compra de sus salarios reales, que se cifra, nada menos, en un 5% tomando el aumento del IPC acumulado durante el año, pero también hay pérdida, de más de 1,6%, si se toma el IPC medio.
Además, los patronos se resisten con uñas y dientes a reconocer las cláusulas de revisión donde están firmadas. Por ejemplo, en la factoría de Ford en Almusafes, la empresa ha pedido a los trabajadores que renuncien a la revisión salarial, si quieren que la empresa les asigne la fabricación de nuevos modelos. El chantaje supondría renunciar a una media de 2.600 euros anuales por trabajador, a cambio de mantener los empleos. Otro ejemplo que conocemos es el de un hospital de Sevilla, donde la dirección ha anunciado al comité de empresa que va a iniciar un procedimiento de inaplicación de convenio para no pagar la revisión salarial (recordemos que la inaplicación de convenio por decisión unilateral de la empresa no ha sido tocada en el acuerdo “histórico” sobre la reforma laboral). Sigue leyendo










